SERVICIOS GENERALES

Para la prestación de cualquier servicio de escrituración se tiene en cuenta los siguientes procedimientos y requisitos de acuerdo al servicio solicitado

COMPRAVENTAS E HIPOTECAS
ESCRITURA DE PROPIEDAD
  • Certificado de tradición
  • Copia de la escritura
  • Impuesto predial al día
  • paz y salvo de valorización vigente
  • paz y salvo administración vigente
  • Copias de las cédulas de las partes
  • Carta aprobación del crédito
  • Avaluo comercial
  • Certificado de existencia y representacion (CAMARA DE COMERCIO) (solo empresas)
  • PODER (si fuera el caso)
Elaboración De Hipotecas
  • Si es persona jurídica: certificado de existencia y representación legal.
  • Copia de documento de identidad
  • Escritura de propiedad
  • Factura de predial cancelada
  • Paz y salvo de Valorización
  • Certificado de tradición
  • Si es con banco: carta de aprobación del crédito.
Cancelación De Hipotecas
  • Paz y salvo con la entidad acreedora
  • Copia de la escritura de hipoteca que preste mérito ejecutivo
  • Fotocopias de la cedula del acreedor
  • Si es con Banco o con una persona jurídica: certificado de existencia y representante legal
EXTRAJUICIOS
  • Cédula de ciudadanía de quien desea hacer la declaración.
  • Claridad de lo que se va a declarar y para donde va dirigida la declaración.
DESENGLOBE Y ENGLOBE
REQUISITOS ESCRITURA DESENGLOBE
  • Certificado de tradición
  • Planos originales
  • Planos reducidos tamaño carta
  • Resolución original expedida por curaduría o planeación debidamente ejecutoriada
  • Escritura pública de antecedente
  • Copias de cedulas de las partes
  • Linderos de cada inmueble en Word
REQUISITOS ESCRITURA ENGLOBE
  • Certificado de tradición
  • Planos originales
  • Planos reducidos tamaño carta
  • Escritura pública de antecedente
  • Copias de cedulas de las partes
  • Linderos globales
SOCIEDADES COMERCIALES
Constitución de sociedades
  • Acta de constitución de la Sociedad
  • Fotocopia de las cédulas de los constituyentes o socios
  • Estatutos
  • Fotocopia de la cédula del representante legal
  • Certificado de existencia y representación legal
Reformas de Sociedades Comerciales
  • Acta de Reforma
  • Certificado de Cámara de comercio
  • Fotocopias de las cédulas
Disolución de Sociedad Comercial
  • Acta de junta de socios que incluya nombramiento del liquidador y la toma de decisión
  • Certificado de existencia y representación legal expedido por la cámara de comercio.
  • Fotocopia de la cédula de ciudadanía del representante legal.
  • Acta de disolución de sociedad con prestación personal de presidente y secretario.
SUCESIONES

Para tramitar sucesiones ante Notaria se requiere de la presentación que haga un abogado titulado (dependiendo de la cuantía) o los interesados, de la solicitud ante el Notario, la cual debe ser acompañada de: - Diligencia de Inventarios y Avalúos - Trabajo de partición y adjudicación Y sus respectivos anexos según sea el caso, que pueden ser: - Copia auténtica del registro de defunción del causante. - Copia auténtica del registro de nacimiento de los herederos. - Copia auténtica del registro de matrimonio del causante si fuese casado, de lo contrario si tuviera unión libre aportar la correspondiente Declaración de unión marital, sino la tuviere éste será un proceso aparte en donde los interesados deberán solicitar ante juzgado la declaración de la unión marital de hecho. - Copias de las escrituras públicas de los inmuebles propiedad del causante o en general los títulos que demuestren la propiedad del causante con los bienes. - Certificado de tradición y libertad de los inmuebles. - Comprobantes fiscales (impuesto predial y valorización vigentes) Una vez estudiados los anteriores documentos y la solicitud se ajusta a derecho y cumple con todos los requisitos, el Notario elabora un acta de aceptación para el inicio de la sucesión. Posteriormente se hace el edicto emplazatorio que se fija por un término de diez (10) días en la secretaria de la Notaria, copia del mismo se les entrega a los interesados para que hagan la publicación por una sola vez en prensa y radio. Luego se le informa a la Secretaria de Hacienda del Distrito sobre la iniciación de la sucesión, anexando copia de la diligencia de inventarios y avalúos, para que ellos se encarguen de hacer la investigación si el causante tiene deudas pendientes. Lo mismo se le informa a la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales -DIAN-. Estas entidades tienen un término de veinte (20) días hábiles para comunicarle al Notario si se han cancelado las deudas o si se deben cancelar. Una vez canceladas se expide paz y salvo para que el trámite continúe en la Notaria. Con los respectivos paz y salvos de la Secretaria de Hacienda, DIAN, la publicación del edicto en radio y prensa y los comprobantes fiscales (Impuesto predial y valorización vigentes), el Notario autoriza la solemnización de la sucesión, la cual es firmada por el apoderado de los interesados o por los mismo según sea el caso.

PERMISOS DE SALIDAS DEL PAÍS

Permiso de Salida del País Permanente por Medio de Escritura Pública

Para realizar escritura pública para la salida del país de un menor de edad de carácter indefinido se requiere

  • Registro civil de nacimiento del menor.
  • Fotocopia de las cédulas de sus padres.
REFORMA DE ESTATUTOS
Reforma de Estatutos
  • Certificado de existencia y representación legal expedido por Cámara de Comercio del domicilio social.
  • Acta de Junta de socios donde conste que se aprueba la reforma citando el artículo de los estatutos que se modifica.
  • En caso de ser una fusión, transformación, escisión, conversión, o liquidación de sociedad, se deberá anexar además en balance firmado por contador público.
TRANSFORMACIÓN DE SOCIEDADES

TARIFAS NOTARIALES Las tarifas notariales, iguales para todas las Notarías del país, se fijaron, para el año 2023, mediante Resolución 00387 del 23 de enero de 2023, la cual está a disposición de los usuarios, publicada en cartelera notarial o en la institución notarial. Existen varios factores que se deben tener en cuenta para liquidar un acto notarial; si desea conocer el valor total a pagar para la realización de un escritura, podemos enviarle una pre liquidación, vía correo electrónico: atencion@notaria2cartagena.com o telefónicamente: 6643126, 6646405, 6602289.

UNION MARITAL
Declaración de Unión Marital de Hecho
  • Copia del documento de identidad del compañero permanente
  • Registro civil de los hijos si existen
CESION DE CUOTAS
  • Acta de Junta de Socios donde mencione:
  • Socio que cede y al que le cede.
  • Valor de la cesión.
  • Debe ir firmada por el representante legal, el cedente y el cesionario.
  • Certificado de existencia y representación legal expedido por la cámara de Comercio.
FUSIONES DE SOCIEDADES

TARIFAS NOTARIALES Las tarifas notariales, iguales para todas las Notarías del país, se fijaron, para el año 2023, mediante Resolución 00387 del 23 de enero de 2023, la cual está a disposición de los usuarios, publicada en cartelera notarial o en la institución notarial. Existen varios factores que se deben tener en cuenta para liquidar un acto notarial; si desea conocer el valor total a pagar para la realización de un escritura, podemos enviarle una preliquidación, vía correo electrónico: atencion@notaria2cartagena.com o telefónicamente: 6643126, 6646405, 6602289.

ESCISIÓN DE SOCIEDADES

TARIFAS NOTARIALES Las tarifas notariales, iguales para todas las Notarías del país, se fijaron, para el año 2023, mediante Resolución 00387 del 23 de enero de 2023, la cual está a disposición de los usuarios, publicada en cartelera notarial o en la institución notarial. Existen varios factores que se deben tener en cuenta para liquidar un acto notarial; si desea conocer el valor total a pagar para la realización de un escritura, podemos enviarle una preliquidación, vía correo electrónico: atencion@notaria2cartagena.com o telefónicamente: 6643126, 6646405, 6602289.

PROPIEDAD HORIZONTAL
Reglamento de propiedad horizontal
  • Certificado de existencia y representación legal expedida por la Cámara de Comercio.
  • Licencia de construcción expedida por una curaduría urbana
  • Planos arquitectónicos y urbanísticos aprobados.
  • Elaboración de minuta con:
  • Linderos generales.
  • Coeficiente de copropiedad.
  • Proyecto de división
  • Memoria descriptiva.
  • Estatutos de los copropietarios.
  • Determinación de las áreas comunes.
Reforma al reglamento de propiedad horizontal
  • Acta de nombramiento del administrador.
  • Acta de asamblea de Copropietarios donde se apruebe la reforma de los estatutos.
  • Certificado de Libertad en mayor extensión donde se consignen números de folio de cada unidad privada. (folio Matriz)
  • Números de matrículas inmobiliarias y coeficientes de propiedad de los inmuebles respectivos.
VIVIENDA FAMILIAR
Afectación a vivienda familiar
  • Certificado de tradición
  • Copia de cédulas de esposos o compañeros permanentes
Cancelación a la Afectación de la Vivienda Familiar
  • Fotocopia de las cédulas de  ciudadanía de ambos esposos o compañeros.
  • Certificado de Tradición y Libertad.
  • Copia de la escritura por la cual son dueños.
  • Solicitar en la Notaría la elaboración de la misma.
PATRIMONIO FAMILIAR
Constitucion de patrimonio familiar
  • Registro civil beneficiario del patrimonio
  • Copia del documento de identidad de los propietarios
  • Certificado de tradición
  • Avalúo catastral vigente del inmueble
  • Solicitud de constitución de la afectación
  • Publicaciones edicto por 15 días
Cancelación de Patrimonio de Familia
  • Fotocopia de la cédula de Ciudadanía de los comparecientes (las mismas personas que lo constituyeron).
  • Copia  de la escritura pública mediante la cual  se constituyó el patrimonio de familia.
  • Certificado de libertad y tradición al día.
  • Copias auténticas de los registros civiles de los hijos para demostrar que llegaron a la mayoría de edad (En el caso en que se haya constituido a favor de los hijos menores existentes y de los que se llegaren a tener).
  • Si son menores de edad: nombramiento de curador y autorización del juez para “levantar” el patrimonio.
MATRIMONIOS
Celebración de Matrimonio Civil
  • Registro civil de nacimiento válido para matrimonio expedición no superior a (3) meses.
  • Copia de la cédulas de las partes interesadas o pasaporte extranjero
  • Registro civil de nacimiento de los hijos si los hay
  • Registro civil de matrimonio  con la anotación de divorcio y liquidación de la sociedad en caso de que exista
Registrar Matrimonio Civil
  • Registro civil de nacimiento de ambos contrayentes Válido para matrimonio, expedido con antelación a tres (3) meses.
  • Copia de las cédulas de ciudadanías de las partes interesadas
  • Solicitud conjunta firmada por ambos contrayentes, presentada personalmente o por medio de un apoderado.
  • Registro civil de nacimiento de los hijos si los hay
  • Registro civil de matrimonio  con la anotación de divorcio, copia autentica de la sentencia de divorcio, copia autentica de la constancia de de registro de la sentencia en el libro de varios en la notaría donde se registró el divorcio y liquidación de la sociedad en caso de que exista
  • Registro civil de defunción del contrayente anterior si es viudo(a)
  • Si hay hijos menores en un anterior matrimonio de alguno de los cónyuges, se deberá presentar la escritura de protocolización del inventario solemne de bienes de los hijos firmada por un Curador nombrado por un juzgado de familia.
  • Registro civil de los hijos menores nacidos de la unión libre entre ambos contrayentes antes del matrimonio.
  • Los menores de edad para contraer matrimonio deben tener  permiso autenticado de los padres.
  • La Notaría fijará edicto por el término de 5 días hábiles
PARA REGISTRAR MATRIMONIO
  • Si fue por juzgado: Acta de matrimonio autenticado por el juez y copia de cédula
  • Si es católico: La partida de matrimonio ante la curia y copia de cédula.
  • Si es por otra religión: Acta autenticada de matrimonio y copias de cédulas.
MATRIMONIO CON EXTRANJERO NO DOMICILIADO EN COLOMBIA
  • Documentos adicionales que deben presentar los ciudadanos extranjeros para contraer matrimonio civil en Colombia  con personas colombianas.
    • Registro civil de nacimiento apostillado y traducido al español si está en otro idioma..
    • Certificado de soltería apostillado y traducido al español si está en otro idioma.
    • Fotocopia del pasaporte con el sello de inmigración
    • Si es divorciado, Registro civil del anterior matrimonio, copia de la sentencia de divorcio apostillado y traducido al español si está en otro idioma. .
    • Si tiene hijos menores, presentar el nombramiento de un curador por parte de un juzgado de familia y la protocolización del inventario solemne de bienes de los hijos. Si los hijos menores no tienen bienes, bastará con la declaración bajo la gravedad de juramento del contrayente.
    • En caso de que alguno de los contrayentes no pueda presentarse personalmente deberá otorgar poder especial para presentar la solicitud
    • Todos los documentos que estén en otro idioma distinto al Español deben ser traducidos al español y apostillarlos.
    Dichos documentos, salvo el pasaporte, deben de presentarse, debidamente apostillado o legalizados según sea el caso. Cuando los documentos estén expresados en otro idioma distinto al castellano, se deberá hacer la respectiva traducción. Nota: APOSTILLE: Es un documento de autenticación que expiden todos los países que hicieron parte de la convención de la HAYA en 1965 el cual da fe y autentica documentos que provienen de otros países. Los documentos que provienen de otros países que no hicieron parte de la convención de la HAYA deberán ser autenticados en la respectiva embajada Colombiana en dicho país. Nota: los documentos deben ser presentados con diez (10) días de antelación a la fecha de la celebración del matrimonio.
    Registrar el Matrimonio:
    • Se inscribe en la oficina de Registro Civil o notario correspondiente al lugar de su celebración
    • Los celebrados en el extranjero en cualquier oficina Registro Civil o Notaría del círculo de Bogotá.
    • Los matrimonios católicos deben adjuntar el certificado expedido en la parroquia, el cual debe ser autenticado por la curia. y copia de las cédulas de ciudadanías de los contrayentes.
    • Otras sectas: El acta religiosa pertinente, anexando la certificación auténtica de la competencia del ministro religioso que ofició el matrimonio; siempre  que las entidades religiosas tengan Personería Jurídica y Representante Legal. Fotocopias de las cédulas de los contrayentes.
    • La inscripción la puede hacer los contrayentes u otra persona con los documentos correspondiente.
    REGISTRO CIVIL
    Registro Civil de Nacimiento
    • Certificado médico o  Nacido vivo
    • Acta parroquial de bautismo y/o la presencia de dos testigos que tengan fuente fidedigna de dicho nacimiento.
    • Cédula de los padres (En el caso de padres casados puede hacer la inscripción del nacimiento la madre u otra persona diferente a los progenitores demostrando con el registro civil de matrimonio.)
    Correcciones de Registro Civil
    • Corrección de un menor de edad lo hacen Los padres Biológicos con sus respectivos documentos de identificación y documento que demuestre lo que se vaya a corregir.
    Escritura de Cambio de Nombre

    El cambio de nombre puede ser: cambio de primer o segundo nombre o apellido o supresión de alguno de los nombres etc. En el caso del cambio de apellido por ejemplo del primer apellido, es de advertir, que si bien de conformidad con la ley lo puede hacer, esto no va a cambiar la filiación del inscrito, que comprende el dato de quien es el padre. La hacen los padres cuando es un menor de edad y el inscrito cuando es un mayor de edad por una vez en la vida. Solo se puede hacer el cambio de nombre una vez en la vida; y todos los cambios que corresponden a todos los documentos personales de quien realiza el cambio de nombre lo deberá hacer por su propia cuenta.( Cédula de ciudadanía, títulos de bachiller o Universitarios etc).

    • Fotocopia de la cédula de ciudadanía del compareciente
    • Copia autentica del registro civil de nacimiento.
    Defunción
    • • Certificado médico al tratarse de muerte natural
    • • Declaración de 2 testigos, solo cuando no hay medico en la localidad
    • • Autorización judicial, por causa de muerte violenta
    • Sentencia judicial ejecutoriada, por muerte presunta por desaparecimiento
    Nota: para la expedición de los Registros Civiles es necesario  suministrar el indicativo serial o Número folio. En los casos que se haya registrado entre los años 1972 y 1987.
    AUTENTICACIÓN
    Autenticación de Firma
    • Cédula de ciudadanía
    • Presentación personal ante el Notarìo
    Autenticación de Copia Original
    • Documento original
    • Fotocopia a autenticar
    Autenticación de una copia
    • Traer la copia
    Permiso temporal salida del pais de un menor
    • Diligenciar formato autización permiso de salida del pais de menores del DAS
    • Cédula de ciudadanía de los padres (quien autoriza la salida)
    • Presentacion personal ante el Notarìo del padre (quien autoriza la salida)
     Autenticaciones de un Poder
    • Cédula de ciudadanía
    • Presentación personal ante el notario
    Autenticación: Presentación personal o reconocimiento de texto:
    •  Cédula de Ciudadanía original.
    • Presentación personal ante el Notario.

    Se realiza cuando hay: Poderes especiales, autorizaciones para salida de país,  traspasos, autorizaciones depende la clase y la entidad que lo requiera. Para la impresión de la huella dactilar y certificación de la misma del Notario, por voluntad del usuario, deberá hacer manifestación al funcionario de la Notaría.

    Autenticación de firma registrada:
      • Tarjeta de registro de firmas vigente y/ó número de registro de firma.
      • Para registrar la firma en la

        Notaría debe acercarse personalmente, y diligenciar una tarjeta de registro. Debe adjuntar fotocopia de la cédula para este trámite y por seguridad renovar anualmente dicho registro. La  firma registrada no sirve para presentación personal, autorizaciones para salidas del país, poderes, ni traspasos.

    TESTAMENTOS
    Testamento Abierto
    • Minuta que trae el abogado, en la cual se debe determinar la residencia de los testigos
    • 3 testigos
    • Fotocopia de la cédula ciudadanía del testador y los testigos
    • Certificado médico de lucidez mental, cuando la persona es mayor de 70 años
    Testamento Cerrado
    • Minuta que trae el abogado, en la cual se debe determinar la residencia de los testigos
    • 5 testigos
    • Fotocopia de la cédula de ciudadanía del testador y los testigos
    • Certificado médico de lucidez mental, cuando la persona es mayor de 70 años

    El día de la firma de la escritura el testador debe traer el testamento en sobre abierto y una vez es firmada la escritura se cierra el sobre.

    NOTA: la Notaría cuenta con la asesoría de la redacción de los testamentos abiertos y cerrados que se autorizan en la Notaría sin ningún costo adicional. Para mayor seguridad y comodidad del usuario

    TARIFAS NOTARIALES

    Las tarifas notariales, iguales para todas las Notarías del país, se fijaron, para el año 2023, mediante Resolución de Tarifas Notariales No. 00387 - 2023, la cual está a disposición de los usuarios, publicada en cartelera notarial o en la institución notarial.

    Existen varios factores que se deben tener en cuenta para liquidar un acto notarial; si desea conocer el valor total a pagar para la realización de un escritura, podemos enviarle una pre liquidación, vía correo electrónico: atencion@notaria2cartagena.com o telefónicamente: 6643126, 6646405, 6602289.

    DESCARGAR RESOLUCION CON TARIFAS
    DOMICILIO BIOMETRICO
    SERVICIO A DOMICILIO BIOMETRICO
    • Reconocimiento de firma y contenido de documento privado
    • Autenticación biométrica para escritura publica
    REQUISITOS PARA DONACION
    • Certificado de tradición
    • Copia de la escritura
    • Impuesto predial al día
    • Paz y salvo de valorización vigente
    • Paz y salvo de administración vigente
    • Copias de cedulas de las partes
    • Avalúo comercial (certificado  por un perito)
    • Congrua subsistencia (certificado por un contador)
    • Insinuación
    • Parte pertinente del reglamento de propiedad horizontal
      Disolución  de Sociedades  Conyugales
      • Si hay inmuebles Escritura de propiedad
      • Certificado de tradición
      • Registro de matrimonio
      • Fotocopias de las cedulas
      • CESACIÓN DE EFECTOS CIVILES Y/O DIVORCIO
      • REQUISITOS: deben estar de común acuerdo y conseguir los servicios profesionales de un abogado que es quien puede adelantar el tramite ante la Notaría.
      • · Registros civiles de nacimientos de los dos cónyuges.
      • · Registro civil del matrimonio.
      • · Registros civiles de nacimientos de los hijos (independientemente de que sean mayores o menores de edad).
      • . copias de cédulas conyugues
      • Abogado debe presentar: Solicitud Poderes acuerdo
      • REQUISITOS ADICIONALES LIQUIDACIÓN SOCIEDAD CONYUGAL SI HAY BIENES
      • 1. Escrituras o títulos de adquisición de los bienes.
      • 2. Comprobantes fiscales y/o paz y salvos de inmuebles, si los hubiere;
      • 3. Tarjeta propiedad vehículos, comprobante pago impuesto automotores, si los hubiere;
    4 Comments

    Juan Escobar Acuña

    Buenos dias,
    Por favor ¿Cuáles son los requisitos para el matrimonio entre un nacional colombiano y una neozelandésa? Planeamos casarnos en Cartagena en diciembre de 2024. ¿Se requiere cita previa? ¿Los extranjeros necesitan presentar alguna documentación especial?
    Saludos cordiales,
    Juan

     

    Ricardo Perez Sepulveda

    Soy Ricardo Pérez Sepúlveda identificado con la cedula de ciudadanía 79.122.460 de Bogotá. Para efectos de evidenciar mi estado civil para contraer matrimonio, me dirigí a la notaría 4 de Bogotá para solicitar una copia de mi registro civil con notas marginales. Al recibir la copia del documento observe que aparece la nota del matrimonio civil registrado con la escritura pública 2220 de 1.989 de la notaría 2 de Cartagena, pero no aparece la nota de liquidación del registro civil de dicho matrimonio del 13 de marzo de 1.997, evento llevado a cabo en la notaría 1 de Cartagena. Por esta razón me permito solicitar me ilustren sobre el protocolo a seguir, los costos y los medios de pago disponibles, para que el oficio del divorcio sea enviado a la notaría 4 de Bogotá a la dirección de correo registro.notaria4@gmail.com.